Otras Denominaciones | NINGUNA |
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Perfil Gestion Puesto | RESPONSABLES DE LA GESTIÓN DE PROYECTOS, PRESUPUESTOS Y LA GESTIÓN DE SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS DENTRO DE LA ESPECIALIDAD EN LA QUE ESTÁN ADSCRITOS. |
Perfil General | ORGANIZAR LAS ACTIVIDADES OPERATIVAS Y TÉCNICAS DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD JURÍDICA-ADMINISTRATIVA DE LAS PROYECTOS Y PROGRAMAS ESTABLECIDOS. |
Especialidad Puesto | RECIBIR DENUNCIAS POR HECHOS PROBABLEMENTE CONSTITUTIVOS DE FALTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS, ENTIDADES, O DE PARTICULARES POR CONDUCTAS SANCIONABLES EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES, Y ORDENAR LA PRÁCTICA DE LAS INVESTIGACIONES, ACTUACIONES Y DEMÁS DILIGENCIAS QUE SE REQUIERAN PARA DETERMINAR LA PRESUNTA RESPONSABILIDAD; ASÍ COMO ORDENAR SU REMISIÓN A LOS ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL, CUANDO DICHAS DENUNCIAS DEBAN TRAMITARSE ANTE ESTOS ÓRGANOS, CONFORME A LAS DISPOSICIONES JURÍDICAS APLICABLES. |
Finalidad Principal Puesto | PROGRAMAR, ADMINISTRAR Y CONTROLAR LOS RECURSOS INSTITUCIONALES PARA MANTENER EN CORRECTO FUNCIONAMIENTO EN EL ÁREA O UNIDAD A SU CARGO. |
Funciones | RECIBIR DENUNCIAS POR HECHOS PROBABLEMENTE CONSTITUTIVOS DE FALTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS, ENTIDADES, O DE PARTICULARES POR CONDUCTAS SANCIONABLES EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES, Y ORDENAR LA PRÁCTICA DE LAS INVESTIGACIONES, ACTUACIONES Y DEMÁS DILIGENCIAS QUE SE REQUIERAN PARA DETERMINAR LA PRESUNTA RESPONSABILIDAD; ASÍ COMO ORDENAR SU REMISIÓN A LOS ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL, CUANDO DICHAS DENUNCIAS DEBAN TRAMITARSE ANTE ESTOS ÓRGANOS, CONFORME A LAS DISPOSICIONES JURÍDICAS APLICABLES; EMITIR, CUANDO PROCEDA, EL ACUERDO DE INICIO DE PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE LAS DENUNCIAS POR PRESUNTAS FALTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES, O DE PARTICULARES POR CONDUCTAS SANCIONABLES EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE ACUMULACIÓN DE PROCEDIMIENTOS, DE INCOMPETENCIA, Y LOS QUE CONCLUYAN DICHO PROCEDIMIENTO; INICIAR LAS INVESTIGACIONES DE OFICIO, POR DENUNCIA O DERIVADAS DE LAS AUDITORÍAS PRACTICADAS POR PARTE DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES, O EN SU CASO, DE AUDITORES EXTERNOS, POR PRESUNTAS RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES, O DE PARTICULARES POR CONDUCTAS SANCIONABLES EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES, PARA LO CUAL PODRÁ SOLICITAR EL APOYO DE LAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS COMPETENTES DE LA SECRETARÍA, PARA LA PRÁCTICA DE VISITAS DE VERIFICACIÓN, INSPECCIÓN O AUDITORÍAS, ASÍ COMO CUALQUIER TIPO DE OPERATIVO ESPECÍFICO QUE SE REQUIERA; INICIAR LAS INVESTIGACIONES POR DENUNCIA O DERIVADAS DE LAS REVISIONES DE DECLARACIÓN PATRIMONIAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES, AL ADVERTIR DATOS O INDICIOS DE IRREGULARIDADES EN LA EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO DE LOS DECLARANTES; INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN A LOS SERVIDORES PÚBLICOS POR LA OMISIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL, DENTRO DE LOS PLAZOS CONTEMPLADOS EN LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES Y REQUERIR POR ESCRITO AL DECLARANTE EL CUMPLIMIENTO DE DICHA OBLIGACIÓN; SOLICITAR EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES, LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES; Y A CUALQUIER PERSONA FÍSICA O MORAL PARA LA INVESTIGACIÓN DE LAS PRESUNTAS FALTAS ADMINISTRATIVAS, INCLUYENDO AQUELLA QUE POR DISPOSICIONES LEGALES SE CONSIDERE COMO RESERVADA O CONFIDENCIAL, ASÍ COMO OTORGAR PRÓRROGA AL PLAZO DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN; DETERMINAR, CUANDO ASÍ SE CONSIDERE CONVENIENTE, LAS CITAS Y COMPARECENCIAS DE LOS DENUNCIANTES, SERVIDORES PÚBLICOS Y DE LAS PERSONAS FÍSICAS, INCLUYENDO LOS REPRESENTANTES DE LAS PERSONAS MORALES, RELACIONADAS CON LA INVESTIGACIÓN DE LAS PRESUNTAS FALTAS ADMINISTRATIVAS; ASÍ COMO LLEVAR A CABO LAS ACTUACIONES Y DILIGENCIAS QUE SE REQUIERAN Y LEVANTAR LAS ACTAS ADMINISTRATIVAS A QUE HAYA LUGAR; ORDENAR LA PRÁCTICA DE VISITAS DE VERIFICACIÓN CUANDO SE CONSIDEREN NECESARIAS PARA LA INVESTIGACIÓN DE FALTAS ADMINISTRATIVAS DE SU COMPETENCIA; CALIFICAR LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS COMO GRAVES O NO GRAVES, PREVIA INVESTIGACIÓN Y ANÁLISIS DE LOS HECHOS DENUNCIADOS, Y NOTIFICAR DICHA CALIFICACIÓN AL DENUNCIANTE; PRESENTAR DENUNCIA ANTE LA FISCALÍA, CUANDO DE LAS INVESTIGACIONES REALIZADAS SE ADVIERTA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS O PARTICULARES HUBIERAN INCURRIDO EN HECHOS DELICTIVOS; RECIBIR LAS IMPUGNACIONES DE LAS CALIFICACIONES DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS E INSTRUIR LA ELABORACIÓN DEL INFORME QUE JUSTIFIQUE LA CALIFICACIÓN IMPUGNADA, LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE, CORRER TRASLADO AL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE ZACATECAS Y ATENDER SUS REQUERIMIENTOS; ACORDAR, CUANDO CORRESPONDA, LA EMISIÓN DEL INFORME DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS EXPEDIENTES RESPECTIVOS CUANDO DE LAS INVESTIGACIONES REALIZADAS SE PRESUMA LA EXISTENCIA DE FALTAS ADMINISTRATIVAS ATRIBUIBLES A SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES, O DE PARTICULARES POR CONDUCTAS SANCIONABLES EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES; IMPUGNAR LA ABSTENCIÓN DE INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA O DE IMPONER SANCIONES ADMINISTRATIVAS A UN SERVIDOR PÚBLICO Y PARTICULARES, POR PARTE DE LAS AUTORIDADES SUBSTANCIADORAS O RESOLUTORAS, SEGÚN SEA EL CASO; INSTRUIR LA RECLASIFICACIÓN, CUANDO ASÍ LO DETERMINE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE ZACATECAS, DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS EN LOS INFORMES DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA; SOLICITAR A LAS AUTORIDADES COMPETENTES, INFORMACIÓN EN LA MATERIA FISCAL, BURSÁTIL, FIDUCIARIA, O LA RELACIONADA CON OPERACIONES DE DEPÓSITO, AHORRO, ADMINISTRACIÓN O INVERSIÓN DE RECURSOS MONETARIOS, ENTRE OTROS, EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES; SOLICITAR, CUANDO LO ESTIME NECESARIO, LA COLABORACIÓN DE LA FISCALÍA O DE CUALQUIER OTRA INSTITUCIÓN PÚBLICA O EDUCATIVA, QUE PERMITA EL ACCESO A LOS INSTRUMENTOS TECNOLÓGICOS QUE SE REQUIERAN PARA LA REALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN; A FIN DE DETERMINAR LA AUTENTICIDAD DE CUALQUIER DOCUMENTO A TRAVÉS DE UN PERITO EN LA CIENCIA, ARTE, TÉCNICA, INDUSTRIA, OFICIO O PROFESIÓN ADSCRITOS A TALES INSTITUCIONES; REALIZAR LAS INVESTIGACIONES NECESARIAS RELATIVAS A LAS EMPRESAS, PROVEEDORES, CONTRATISTAS Y PRESTADORES DE SERVICIOS QUE INCURRAN EN IRREGULARIDADES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS QUE CELEBREN CON LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES, ASÍ COMO CON LOS GOBIERNOS MUNICIPALES, CUANDO ASÍ PROCEDA, PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS ATRIBUCIONES Y OBJETO; INTERVENIR Y LLEVAR A CABO LAS DILIGENCIAS QUE LEGALMENTE LE CORRESPONDEN COMO PARTE EN LOS PROCEDIMIENTOS DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES; ATRAER PARA SU CONOCIMIENTO, LOS HALLAZGOS O LA INVESTIGACIÓN POR PROBABLES FALTAS ADMINISTRATIVAS, QUE SIENDO COMPETENCIA DE LOS ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL, JUZGUE CONVENIENTE EL TITULAR; APLICAR LAS MEDIDAS DE APREMIO PARA HACER CUMPLIR SUS DETERMINACIONES COMO ÁREA INVESTIGADORA; SOLICITAR LAS MEDIDAS CAUTELARES A LA AUTORIDAD SUBSTANCIADORA DE LA SECRETARÍA, SEGÚN CORRESPONDA; SOLICITAR MEDIANTE EXHORTO O CARTA ROGATORIA, LA COLABORACIÓN DE AUTORIDADES COMPETENTES, PARA REALIZAR NOTIFICACIONES QUE DEBAN LLEVARSE A CABO EN LUGARES QUE SE ENCUENTRE FUERA DE SU ÁMBITO JURISDICCIONAL; ASESORAR Y APOYAR LAS ACTIVIDADES QUE DESARROLLAN LOS ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL EN MATERIA DE INVESTIGACIÓN, DE QUEJAS O DENUNCIAS EN CONTRA DE SERVIDORES PÚBLICOS POR EL POSIBLE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A LAS QUE SE REFIERE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES; PRACTICAR LAS NOTIFICACIONES Y DILIGENCIAS QUE DEBEN REALIZARSE CON MOTIVO DE SUS ATRIBUCIONES, A TRAVÉS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE DESIGNE PARA ELLO; LLEVAR LOS REGISTROS DE LOS ASUNTOS DE SU COMPETENCIA Y EXPEDIR LAS COPIAS CERTIFICADAS DE LOS DOCUMENTOS QUE SE ENCUENTREN EN SUS ARCHIVOS. |
Capacidades Requeridas | TÉCNICAS DE PROGRAMACIÓN Y COSTOS. TÉCNICAS DE PRESUPUESTACIÓN. ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS - TÉCNICAS DE ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO. MANEJO DE TÉCNICAS DE COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN. TÉCNICAS DE CONTROL PRESUPUESTARIO. - APLICACIÓN DE TÉCNICAS GERENCIALES PARA LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS. UBICACIÓN E INTERPRETACIÓN DE MARCOS NORMATIVOS. SENTIDO DE ORGANIZACIÓN Y ECONOMÍA - CALIDAD EN LAS DECISIONES MANEJO DE PERSONAL JERARQUIZACIÓN DE PROBLEMAS COMUNICACIÓN EFECTIVA ORGANIZACIÓN DELEGACIÓN SUPERVISIÓN SEGUIMIENTO Y CONTROL ORIENTACIÓN A RESULTADOS - COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA. TRABAJO EN EQUIPO. UBICACIÓN DE MARCOS NORMATIVOS APLICADOS A PROCESOS. COOPERACIÓN CON OTROS. |
Nivel Escolaridad | LICENCIATURA Y/O EXPERIENCIA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA |
Titulo | 0 |
Profesion | AQUELLA QUE TENGA LA MAYOR RELACIÓN DIRECTA CON LAS ESPECIALIDADES DE SU ÁREA DE ADSCRIPCIÓN O DE SUS FUNCIONES SUSTANTIVAS. |
Area Conocimiento | ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, TÉCNICAS DE PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTACIÓN, ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS. CONTROL DE GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS INSTITUCIONALES, TÉCNICAS DE SUPERVISIÓN, ORGANIZACIÓN Y MÉTODOS, TÉCNICAS DE PLANEACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO, NORMAS ADMINISTRATIVAS. |
Habilidades Requeridas | CAPACIDADES DE CONDUCCIÓN DEL TRABAJO EN EQUIPO Y DE SUPERVISIÓN DEL MISMO. |
Antecedentes Desempeno Laboral | JEFATURAS DE OFICINA Y/O ÁREAS CON MANEJO DE PERSONAL. |
Puesto Previo | JEFATURAS DE PROYECTOS O ADMINISTRACIÓN DE ÁREAS |
Experiencia Requerida | SI |
Requiere Experiencia Previa | 0 |